La reforma concursal permite exonerar parte de la deuda pública. Hay topes y reglas concretas — analizamos cuánto se puede cancelar en tu caso.
Desde la reforma, una parte de lo que debes a Hacienda y a la Seguridad Social puede exonerarse dentro del procedimiento, con límites por organismo.
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Comunicamos tu situación a los acreedores: cesan las llamadas y frenamos los embargos.
Preparamos el expediente y tramitamos el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad.
El juez declara exonerado el pasivo. Empiezas de cero y salimos de los ficheros de morosos.
¿No puedes o no quieres acogerte a la Segunda Oportunidad? Hay otras vías para reducir deuda: anular contratos por usura o cláusulas abusivas (suelo, gastos, IRPH, comisiones) y recuperar lo pagado de más.
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